CUADERNOS No. 27 (l998)
EL SECUESTRO DE PERSONAS:
Una
experiencia criminológica
Marcela Márquez
Socióloga-Criminóloga
Orientadora
Familiar.
INTRODUCCIÓN
La acción de secuestrar a una persona es uno de los actos más antiguos
de la humanidad y al mismo tiempo complejo, por las peligrosas manifestaciones
de otros delitos tanto de tipo económico, social y moral que conlleva.
En épocas pasadas se conoció con el nombre de PLAGIO, palabra latina de
origen griego, que para el Derecho Romano adquiría la categoría de ilícito.
Más adelante, con el desarrollo del Derecho se utilizó
la palabra SEQUESTRARE que tiene como significado el apoderarse de una
persona para exigir un rescate por su devolución o encerrarla en forma ilegal.
En el diccionario Vocabulario Jurídico se establece la
distinción entre RAPTO y SECUESTRO. En el primer caso, es aquella acción de
llevarse a un menor con fraude o violencia del lugar donde ha sido colocado
dicho menor. Por el contrario, este mismo diccionario considera como SECUESTRO
aquella infracción que consiste en tener encerrada arbitrariamente a una
persona adulta.
En ambas situaciones se observa que el elemento
constante es el privar de la libertad a un individuo, que conlleva un
ingrediente moral cual es el propósito de conseguir derecho o utilidad de la
acción ilícita del secuestro.
La noción de libertad, ha sufrido un proceso
evolutivo en el cual se considera la facultad que tiene todo hombre para obrar
de una manera u otra. CARRARA (l958) por su parte, ve la libertad como algo
individual, como una facultad constante que tiene todo hombre para ejercer sus
actividades físicas y morales de acuerdo a sus propias necesidades.
JOHN MURRAY
(l965) sostiene que el Mundo Contemporáneo ha sido una escuela difícil para el
hombre en lo que respecta a su libertad, por la necesidad de aprender a
cuidarse de los “absolutos”, sean éstos ideólogos espirituales, morales o
políticos. Le ha enseñado igualmente a ser extremadamente cauto en lo que se
refiere a dar apoyo sincero e incondicional a cualquier esquema de valores que
redunde en el sacrificio de su independencia, su libertad de elección y de
juicio.
La libertad entendida como algo individual
comprende por una parte la tolerancia al comportamiento de los demás y por otra
el respeto a las ideas ajenas y viceversa. Sin lugar a dudas, todo este
desempeño individual guarda relación y forma parte de la cultura que a su vez
encierra expresiones de las propias ideas sin menospreciar la de otros
individuos pero también forma la base para lograr una mejor interpretación de
los acontecimientos por venir.
Los estudios criminológicos existentes dan noticia de
que cualquier individuo puede llegar a ser víctima del delito de secuestro, ya
sea por tendencias inherentes o ante condiciones sociales fortuitas, pero al
mismo tiempo por diversos motivos que pueden ser sentimentales, económicos y/o
políticos con igual o menor facilidad una persona puede llegar a ser víctima de
un acto delictivo en general.
Ser víctima de cualquier delito en general y de
secuestro en particular produce en el sujeto un desajuste psicológico que
engendra en la víctima cambios en su forma de vida, muchas veces de manera
radical por el miedo a volver a pasar por tan desagradable experiencia a tal
punto que puede llegar a un cierto grado de inmovilización o al menos a limitar
su radio de acción.
A. ASPECTOS LEGALES
La ley penal tiene como objetivo y función primordial
garantizar y dar seguridad a los individuos y el cumplimiento de la misma
asegura en cierta medida un determinado orden en el conglomerado social y por
ende la sensación de bienestar.
El Código Penal panameño en el Titulo IV “Delitos
contra el patrimonio”, en el Capítulo III, Artículo 188 establece con respecto
al secuestro lucrativo lo siguiente:
“El que secuestre a una persona para
obtener de ella o de otra, como precio de la liberación dinero, cosas o
documentos con efecto jurídico, cualquiera que sea, en favor del culpable o de
otras personas designada por él, aunque no se logre lo propuesto, será
sancionado de 5 a
7 años”.
El secuestro así planteado establece varios propósitos
al proyectarse una disposición patrimonial para la víctima o para un tercero.
En si el secuestro representa una ofensa un tanto compleja, pues no solo está
afectando el patrimonio, sino también la libertad personal al recurrir a una
acción intimidatoria y coactiva.
Tal es el incidente que a continuación presentamos
como Casuística Criminológica acontecida en territorio nacional.
B. EL CASO
En una población de Boca de Cupe, en la Provincia de
Darién, limítrofe con Colombia, un grupo de 25 personas fuertemente armadas
secuestran al Sr., ANTONIO RAMOS de 55 años en la noche del 7 de agosto de
l966.
l.
Los hechos
El miércoles 7 de agosto de 1996 a las 7:45 de la noche
25 personas y entre ellas dos mujeres, tomaron por asalto la comunidad de Boca
de Cupe, en las riberas del Río Tuira. Los hombres, fuertemente armados con
metralletas AK 47, bazucas, granadas y vestidos con uniforme de fatiga, pero
con botas de hule, similares a las que usan los campesinos que trabajan en los
bananales atacaron oficinas gubernamentales con la intención de sustraer equipo
de radio. De la abarrotería y cantina recogieron mercancía que les interesaba y
solicitaron que se les entregara todo el dinero. Se calcula que entre mercancía
y dinero en efectivo suman alrededor de 5 mil balboas, tomando como rehén al
Sr. ANTONIO RAMOS.
Sin embargo, ningún grupo de orientación guerrillera o
paramilitar del hermano país colombiano reclamó como suya la acción de asalto y
secuestro. Por su parte, las fuerzas Armadas Revolucionarias de Colombia (FARC)
ha negado cualquier vinculación con los hechos del mes de agosto.
2.
La Víctima
El Sr. ANTONIO RAMOS NARVÁEZ (a) Monti, quien contaba
con 55 años al momento de su secuestro, es un hombre casado con cinco hijos ya
adultos, que ha vivido siempre en la comunidad de Boca de Cupe donde se ha
dedicado al comercio en pequeña escala y es propietario de una pequeña abarrotería
y cantina en el poblado.
El Sr. RAMOS no sólo se le reconoce en la comunidad
como comerciante, sino también como dirigente político, llegando a ocupar el
cargo de Representante de Corregimiento y Legislador de la República.
Fue quizás por su condición de comerciante y su pasado
político lo que motivó a los secuestradores privarlo de su libertad, llevándolo
amarrado Tuira arriba, pero antes permitieron que su esposa preparara algunas
mudas de ropa y sus medicamentos para controlar su tensión arterial alta.
Inicialmente los secuestradores solicitaron un rescate
de millón y medio de dólares, cifra que la familia Ramos no podía alcanzar.
3.
Los victimarios
En el secuestro participaron personas conocidas de
Boca de Cupe por haber residido en el lugar por algún tiempo, y por tanto
llegaron a ganarse la confianza y la estimación de la comunidad en general y la
de Don Antonio en particular. Entre ellos, un panameño y cuatro colombianos.
El joven panameño de 25 años, en 1995 junto con sus
amigos (4 panameños y 2 colombianos) partieron a Colombia a pasar las fiestas
de fin año (Pascuas y Año Nuevo) en la localidad de Turbo. Pasadas las fiestas,
los “amigos” regresaron pero él no y la explicación que se dio fue que “había
decidido entrar en la guerrilla”.
De los secuestradores reconocidos de nacionalidad
colombiana, uno de 20 años llega a vivir en Boca de Cupe en 1995, hizo
amistades, trabajó la agricultura y fue de los amigos que viajó a Turbo con el
panameño para las fiestas de fin de año, regresa a la comunidad en 1996 y el 7
de agosto estaba entre los secuestradores.
Otro de los secuestradores también colombiano, de 30
años se movía en la región del Tuira desde hacia mucho tiempo y eventualmente
hacia viajes a Panamá sin que los mismos fueran objeto de sospechas hasta que
se supo que en el Muelle Fiscal de la Ciudad de Panamá, había sido
detenido con un “lote de armas ilegales”
cuando intentaba embarcarse con destino al Darién. Las autoridades lo pusieron
en la frontera Panamá-Colombia sin ninguna otra precaución y como es lógico
suponer, no regresó a su país de origen.
Al quedarse en el área, continuó con su trabajo agrícola, sembrando
arroz y ñame lo que le facilitó una mayor comunicación con otros agricultores
de la comunidad. Conocedor de la gente y del territorio, en el secuestro jugó
un papel de importancia de manera que la acción se realiza de la forma efectiva
con que se logró.
Un colombiano de 30 años también, que vivió por un
tiempo en Boca de Cupe y que participó en el secuestro del Sr., RAMOS viajaba
eventualmente a Panamá, donde residió por algún tiempo para posteriormente
regresar a la comunidad. En el poblado se llegó a saber que había sido detenido
en la Ciudad de Panamá bajo la acusación de “tráfico y venta de drogas”, razón
por la cual estuvo detenido por algún tiempo logrando evadirse y la última vez
que se le vio fue el 7 agosto de 1996, día del secuestro.
Por último, dentro de los secuestradores de
nacionalidad colombiana estuvo un agricultor de 50 años que vivía en las
riberas del Río Tuira, cerca de la comunidad de Soyaquirú desde hacia varias
décadas. Su actividad agrícola era en la siembra de ñame y arroz el que
comercializaba en pequeña escala. Dicho ciudadano colombiano le había dado a
guardar la suma de $700.00 al Sr. RAMOS, la que retiró el 6 de agosto de 1996,
un día antes de perpetuarse el secuestro.
4.
El Desenlace
En la avioneta 260 del Servicio Aéreo Nacional (SAM),
el día 22 de mayo de 1997, acompañado de un sobrino y dos hijas llega el Sr.
ANTONIO RAMOS al Aeropuerto de Paitilla, después de nueve meses en manos de sus
secuestradores. El Sr. RAMOS presentó buen estado de salud pese a que tuvo que
caminar ocho horas por la selva después que sus familiares pagaran $50 mil por su rescate, sin que se precisara quien
entregó el dinero, ni en que lugar ni a quien o quienes. El total de la suma fue recogida como un
aporte de los familiares de ANTONIO RAMOS.
El hecho de haber accedido a pagar el rescate a cambio
de la liberación de RAMOS da la posibilidad de que se incite a que
posteriormente se repita la situación de secuestro, sin embargo, manifestó el
Fiscal Auxiliar “nosotros no podemos evitar que los familiares de la víctima
tomen medidas”.
PRIVACIÓN
DE LIBERTAD - SECUESTRO DE PERSONAS
CUADERNOS
No.28 (1999)
DRAMÁTICA HISTORIA:
Privación de la libertad
Marcela Márquez
Socióloga-Criminóloga
Orientadora Familiar.
INTRODUCCIÓN
En la Declaración de los Derecho Humanos, estudiada
por la UNESCO y propuesta a la Asamblea General de Naciones Unidas, se
aceptaron las definiciones para entender los términos derecho y libertad
de la manera siguiente:
Ø
Derecho
se entiende como el medio con que cuenta el hombre para realizarse plenamente
como ser humano dentro de la sociedad.
Ø
Libertad
es algo más que la ausencia de retenciones, es decir, ella representa la
organización en forma positiva de las condiciones sociales y económicas en la
cual pueda participar el hombre en
sociedad al mismo tiempo que debe contribuir al bienestar de la misma.
La libertad es el conocimiento y dominio del hombre
mismo así como de la naturaleza exterior, por tanto, la libertad es una
necesidad consciente entendida como un bien jurídico indispensable para el
progreso social y personal. Ella -la libertad- es un medio y un fin, es decir,
es un proceso sin límites “algo que se obtiene, una cosa y al mismo tiempo, la
cosa obtenida u obtenible” (PÉREZ, Luis Carlos, 1997).
Por otra parte, la “libertad individual” debe ser
considerada como una facultad del individuo de manifestar su voluntad de
actuar, cuidando de no lesionar el derecho ajeno. Todo hombre en sociedad tiene
derecho a la libertad la cual debe ser reconocida, respetada y protegida por la
sociedad en su conjunto.
Los sistemas de regulación social de la libertad
utilizan pautas en las que emplean diversas técnicas para permitir e incluso
estimular la variación de la misma en diferentes aspectos como ser la libre
expresión, de la individualidad e incluso de la experimentación. Desde este
punto de vista, la libertad individual tiene relación y forma parte de la cultura
que se manifiesta en las expresiones propias de cada individuo, pero también es
parte de la experiencia que de una manera u otra ayudan a interpretar los
acontecimientos presentes y por venir.
A. ASPECTOS LEGALES
La libertad individual, stricto sensu, se refiere a la
libertad física que implica para el individuo el derecho de ir y venir, de
entrar y salir del territorio nacional así como la garantía a no ser arrestado,
detenido y/o penalizado arbitrariamente.
El Código Penal en su Capítulo III de Delitos contra
la Libertad Individual, e los Artículos 151 y 155 guardan relación con la
casuística que se expone.
Artículo 151,
El que ilegalmente prive a otro de su libertad, será sancionado con prisión de 6
meses a 3 años.
Artículo 155, El que mediante violencia o amenaza obligue a otro a tolerar, hacer u omitir
alguna cosa, será sancionado con
prisión de 6 meses a 1 año y de 30 a 150 días-multa.
El delito de privación de la libertad así planteado
presenta la dificultad de no poder
determinar con exactitud el bien jurídico protegido que, según LUÍS CARLOS
PÉREZ, aún no ha sido superado por los estudiosos del Derecho.
A criterio del autor precitado, la dificultad más
seria está en saber cuales son las acciones, pues la comisión de cualquier
delito ataca una forma de libertad individual al violar el ejercicio de un
derecho.
Uno de los elementos básicos de la acción de la
privación de la libertad es el de impedir a la víctima la libre determinación
de su voluntad así como la libre expresión de si misma a cambio de imponer la
voluntad del victimario, recurriendo éste a la violencia entendida no solo como
“el empleo de la fuerza física, sino también el de presión moral, de
intimidación”. (Cuello Calón, 1961)
José María Rodríguez Devesa (1966), sostiene que solo
el Estado infiere la libertad individual como una amenaza y una coacción como
medio de mantener el orden en la comunidad, por tanto la privación de la
libertad entre ciudadanos constituye un delito. La libertad es un atributo de
la voluntad y BINDING en 1902 llama la “atención por primera vez sobre el hecho
de que los delitos contra la libertad, son definitivamente delitos contra la
voluntad”.
B. EL CASO
Durante l5 años un matrimonio extranjero mantuvo
cautiva a una joven panameña que realizaba labores domésticas. La joven oriunda
de la Provincia de Veraguas, privada de su libertad desde la edad de 12 años no
recibió durante todo ese tiempo ni salario, ni educación ni atención a sus
necesidades físicas fundamentales (violación a la dignidad) y le hicieron creer
“y a todas las personas que llegaban a la casa...que era huérfana...que me
habían encontrado por ahí”. El no conocer a nadie en la capital y creer que sus
padres estaban muertos, la idea de “escapar” no prosperó por no saber con quien
y a donde ir.
l.
Los Hechos
El 2 de enero de 1981 con l2 años,
proveniente de Veraguas llega al estacionamiento o “piquera” de los buses del
interior la menor (en ese entonces) estudiada en busca de trabajo, quien
anteriormente había trabajado como doméstica con una familia en la ciudad
quienes después de algún tiempo viajaron a Estados Unidos y ella se vio
obligada a regresar a su lugar de origen. En esta segunda ocasión entra en
contacto en la “piquera” con la señora extranjera quien le ofrece trabajo como
empleada doméstica para atender a los siete miembros de la familia que incluía
a los esposos (2); los hijos menores (4) y a la abuela materna (1), además de
ayudar a la limpieza de la casa por un salario de $60.00 mensuales.
La señora de la casa durante todos esos
años administró su dinero o salario mensual, argumentando que lo podía perder,
sin embargo, a lo largo de los años servidos (15) nunca tuvo un día libre ni
una salida sola, siempre fueron en compañía de la señora cuando iban a la farmacia,
al colegio de los niños o al supermercado quien la dejaba en el automóvil
mientras hacia las compras o cualquier otra diligencia.
Una vez al año le compraban ropa que
consistía en uniformes de doméstica y jamás usó calzado. En los l5 años con la
familia extrajera “sólo tuve dos vestidos” y no le era permitido que hablara con otras
empleadas que tuvo el matrimonio que se dedicaban al planchado de la ropa
familiar.
En el año de 1987 al cumplir la mayoría de
edad hace la solicitud a los patrones de que gestionaran su cédula de identidad
que al parecer no hicieron nada para lograrlo y muy por el contrario la
atemorizaron “de que no podía salir por estar indocumentada y que la policía
podía arrestarla”.
En marzo del mismo año en
que la joven veragüense viajó a la capital en busca de trabajo, sus familiares
al no tener ninguna noticia de ella hacen la denuncia correspondiente, sin
embargo, al cabo de “algún tiempo fue declarada desaparecida”. Todos en la
familia así como vecinos y amigos creyeron que “había muerto”, por tanto,
resultó una agradable sorpresa cuando se supo que estaba viva y que si no
habían tenido noticias de ella anteriormente se debió al estado de
“encerramiento” en que se mantuvo todos esos años.
2.
La
Víctima
Se trata de una mujer de tez
clara, cabello negro lacio, de baja
estatura, oriunda de El Potrero de Atalaya, Provincia de Veraguas, que nace un
22 de noviembre de 1969 y con una escolaridad de III grado primaria. Sabe leer
y escribir con dificultad, sin embargo, entiende y habla el idioma de la
familia extranjera.
La víctima procede de una
familia integrada que consta de padre, madre y ocho hermanos (4 hombres y 4
mujeres) de los cuales solo tres son hermanos de padre y madre y entre ellos la
joven del estudio.
El status socioeconómico de
la familia es considerada de pobreza extrema que se dedican a la agricultura de
subsistencia y cuyo padre de 82 años y la madre de 65 años sobreviven a la
víctima en una “casa habitación” semipermanente de columnas y vigas de madera,
paredes posterior y laterales de zinc usado y parte frontal de caña de bambú.
Es una vivienda ubicada en un lugar apartado, sin vecinos próximos que tiene el
piso de tierra sin compactar, se cocina en un fogón de leña, con escaso
mobiliario, sin luz eléctrica.
A la edad de 10 años, narra
la joven es abusada sexualmente por un amigo de uno de sus hermanos, hecho que
considera una fatalidad al expresar “ese muchacho me arruinó la vida”, y desde
entonces no ha vuelto a tener este tipo de relación.
Los informes Psicológicos
(29 de noviembre de 1996) y Psiquiátrico (26 de diciembre de 1996) emitidos por
el Instituto de Medicina Legal establecen que la víctima tiene un coeficiente
de inteligencia por debajo del promedio -deficiente mental leve- y por tanto
“es una persona que puede ser manipulada por otra”. El Informe Psiquiátrico
establece que “por su retardo mental amerita de persona que la cuide y le
brinde apoyo en su vida misma”.
Ambos informes expresan que
el examen “no presentó evidencias de stress post-traumático de maltrato”. Las
primeras declaraciones emitidas por la víctima y por indicación de los
“patrones” fueron favorables a ellos, sin embargo, posteriormente se vió por
fotos y testimonios presentados que coinciden en la existencia de malos tratos
físicos y verbales. En declaraciones subsiguientes, la víctima manifiesta que
en un principio tenía miedo de que los patrones la maltrataran al llegar a la
casa y “pegan duro”, manifestó en esa ocasión.
3.
Los Victimarios
Se trata de un matrimonio extranjero,
Él de 56 años, comerciante de productos del mar en sociedad con un hermano,
ELLA de 48 años, ama de casa. Es una familia integrada de siete miembros que
por declaraciones de los co-propietarios del edificio donde viven y personas
que prestaron sus servicios a la familia la catalogan “como una familia
conflictiva” que tratan de imponer su voluntad y de no asumir responsabilidades
como lo fue caso, entre otros, del daño causado a la puerta de hierro del
estacionamiento común del inmueble.
Los victimarios, por la
condición de comerciante, del jefe de familia, el barrio residencial,
propietarios del inmueble que habitan y el haber tenido la responsabilidad de
enviar a sus hijos a un colegio particular considerado costoso, permiten
catalogar a la familia en un status socioeconómico superior.
Declaraciones hechas por
personas que en diferentes épocas
prestaron sus servicios a los victimarios, como lo es el caso de la enfermera
que cuidó al hijo recién nacido y las planchadoras, manifestaron que no les era
permitido conversar entre ellas, como tampoco llevar al trabajo carteras
grandes, cartuchos o bolsas y que las llaves de las puertas de entrada al
departamento (una de madera y otra de hierro) siempre las tenía la señora, lo
que hacía obligante que para entrar o salir se tuviera que recurrir a ella o a
otro miembro de la familia en su ausencia.
4.
El Desenlace
El 25 de noviembre de 1996
una hermana de padre de la víctima suscribe formal denuncia en las oficinas de
la Policía Técnica Judicial por el DELITO CONTRA LA LIBERTAD INDIVIDUAL en
perjuicio de su media hermana.
a)
Antecedentes
El conserje del condominio
en que residen la víctima y victimarios, manifestó que en los once años de
trabajar en el edificio jamás había visto salir sola a la víctima, salvo en
raras ocasiones en compañía de la señora donde trabajaba o cuando bajaba al
estacionamiento con la madre de la patrona a que caminara ya que la misma había
sufrido un derrame y necesitaba ejercitarse. En varias oportunidades haciendo
el recorrido por los diferentes pisos del edificio, se veía a la víctima a
través de la puerta de hierro del departamento, pero en una oportunidad la vio
llorando y al preguntarle que le pasaba respondió que le “habían pegado” y le
pidió que por favor buscara a sus padres en El Potrero de la Atalaya en
Santiago, que le habían dicho que estaban muertos, pero que ella no lo
creía.
Seguidamente una de las
planchadoras de la familia victimaria le hace el comentario al conserje de las
condiciones y malos tratos de que era víctima la muchacha que ahí trabajaba,
“que hiciera algo para ayudarla”. Se consiguió una cámara fotográfica que la
planchadora escondió entre su ropa interior y cuando tuvo la oportunidad, ese
mismo día, fotografió la cara de la víctima en la que aparecían los labios y la
base de la nariz hinchados a consecuencia del golpe recibido.
b) El Fin
El conserje del condominio
se contacta con una abogada conocida por él desde hace bastante tiempo y le
refiere con detalles el caso, al mismo tiempo que parte para Santiago con la
esperanza de localizar a los padres de la víctima, los cuales encuentra en el
lugar indicado después de algunas averiguaciones. Regresa a Panamá, se comunica
con la abogada y ambos viajan al interior en busca de los padres de la víctima,
los traen e inician los trámites correspondientes, con la ayuda de una de las
hermanas.
Después del allanamiento del
departamento de los victimarios la víctima queda en libertad y es la ocasión
para ver a sus padres. “Lloré, lloré mucho cuando vi a mis padres, pues los
señores....me habían dicho que ellos estaban muertos”.
o-o-o-o-o-o-o-o-o-o-o-o
Gran parte de la información
que se plasma en esta casuística proviene del mismo expediente del caso que
consta al momento de su lectura con l,882 fojas repartidas en cuatro tomos. El
caso se encuentra en su etapa final para LLAMAMIENTO A AUDIENCIA PLENARIA.
PRIVACIÓN
DE LIBERTAD - VÍCTIMA
2000
2000
CUADERNOS
No.29
UN
CASO EXCEPCIONAL DE VIOLENCIA INTRAFAMILIAR.
Maltrato al hombre
Aida Selles de Palacios
Trabajadora Social- Criminóloga – Abogada
Un tema de gran connotación
lo es la Violencia en todos sus ámbitos y expresiones pero de manera particular
la Violencia Intrafamiliar o Doméstica, ha ocupado en los últimos años un
sitial preferencial, lo cual se explica en atención al significado tan especial
que se le ha concebido a la familia desde sus orígenes; ofrecer seguridad,
afecto, cuidados, atención, socializar al individuo de su nacimiento
preparándolo para la vida en sociedad; lo cual se traduce en ser la instancia
por excelencia garante del bienestar y proyección social del individuo. Al ser la familia como institución la
responsable de tan significativo papel, no se espera desde tal perspectiva, que
ocurra lo contrario, que sea precisamente el ambiente familiar el que sirva de
escenario dramático de los actos más abominables de violencia entre sus
integrantes.
El tema que abordamos ha
sido objeto de innumerables estudios que abarcan distintos cientistas, al cual
se ha impreso así mismo un enfoque interdisciplinario, tratando de buscar
elementos de juicio que permitan la composición y abordaje científico de este
problema que gravita en todas las sociedades del mundo variando las modalidades
de ésta, al igual que las motivaciones para ejercer la violencia. La violencia ha sido considerada por algunos
estudiosos de la materia como “el uso de una fuerza, abierta u oculta, con el
fin de obtener de un individuo de un
grupo lo que no quieren consentir libremente (Domenach, Jean Marie, 1978) por su parte el Consejo de Europa la define
así “Toda acción u omisión cometida en el seno de la familia por uno de sus
miembros, que menoscaba la vida o la integridad física o psicológica, o incluso
la libertad de otro de los miembros de la misma familia, que causa un serio
daño al desarrollo de su personalidad.
Tal como se desprende de la
definición anterior el escenario es la propia familia y la violencia puede
derivarse de acciones como omisiones y muchas veces estas últimas son más
frecuentes de lo que se puede imaginar, no obstante, pasan desapercibidas hasta
que la propia víctima no sea conciente de ello.
Por otro lado al evaluar el
tema de la violencia doméstica o intrafamiliar históricamente y por razones
culturales ha resultado ser la mujer y los niños(as) y adolescentes las
víctimas más frecuentes en el fenómeno que nos ocupa de allí que la mayoría de
las investigaciones, reflexiones y teorías al respecto hacen alusión
preferiblemente a la población aludida.
No obstante, el hombre como parte de la familia no se descarta como
víctima con el ciclo de la violencia dentro de ésta.
En la violencia entre la
pareja conocida también con violencia
privada, exista la modalidad perversa que según Marie France Herigoyen éstas
son: “agresiones sutiles, no dejan un
rastro tangible y los testigos tienden a
interpretarlas como simples aspectos de una relación conflictiva o
apasionada entre dos personas de
carácter, cuando en realidad, constituyen un intento violento y a veces
exitoso, de destrucción moral e incluso física”[1].
Es decir dentro de la gama
de maltrato intrafamiliar existen muchas formas desde las más leves o sutiles
hasta las más graves. Dentro de la vida
familiar existen muchos factores que influyen para que la relación entre sus
miembros se tiña con la violencia y agresividad muchas veces
inimaginables. Estos factores tienen un
origen bio-psico-social acorde, a la unidad que en él integran estos tres
elementos. Tales factores en el ciclo de
la violencia intrafamiliar actúan como predisponentes y en otras desencadenan
el acto o acciones violentas. En la
relación de pareja en diferentes momentos se hacen presentes tales
manifestaciones que muchas veces son superadas con la tolerancia de una de las
partes, pero no abordadas las raíces de estas expresiones violentas facilita su
frecuencia y gravedad que puede terminar en un desenlace fatal, de manera
especial cuando una de las partes decide la separación o divorcio en donde los
“procedimientos defensivos que conlleva expresiones perversas hasta entonces
subyacentes se acentúa, y la violencia solapada se desencadena, pues el
perverso narcisista percibe que su presa se le escapa”.
La casuística que a
continuación presentamos, es significativa por lo poco común no tanto en
términos de ocurrencia, si no en atención a las instancias en que llega el
conflicto; se trata de un caso de violencia en el que el esposo es quien
resulta víctima directa del hecho y su esposa la victimaria.
Se trata de un matrimonio
conformado por el padre, esposa y dos hijas, con una relación marital de 19
años, él, un profesional de 35 años de edad, ella, universitaria que se desempeña como
secretaria, de 33 años de edad.
Los
hechos:
De acuerdo a las
declaraciones rendidas en el expediente, la víctima decidió acudir a denunciar
personalmente el hecho por lo reiterado de la situación que se tornaba
insoportable, y con una duración de aproximadamente ocho meses. Declara la víctima que habían mantenido una
relación estable y armónica hasta que su esposa ingresa a la universidad en
donde comienza a ausentarse, a llegar muy tarde a casa dejando a sus hijas al
cuidada de la empleada y cuando él llegaba aún ella no estaba al comienzo daba
una excusa de sus clases, hora extra en el trabajo, etc., pero las tardanzas
fueron más frecuentes y extensas por lo que comenzó a dudar de su
justificación, dado que al preguntarle a su esposa por qué llegaba tarde, ésta
se molestaba y todo terminaba en una pelea que fue subiendo de tono, en donde
la supuesta victimaria utilizaba todo tipo de palabras obscenas y ofensivas, le
tiraba objetos, lo mordía e incluso en una ocasión delante de las niñas tomó un
cuchillo y lo amenazó con cortarlo y él tuvo que salirse de la casa. Finalmente narra afectado por una llamada
descubre que su esposa le era infiel, situación que corroboró pues la esposa
del amante, lo llamó, advirtió y le indicó el lugar, situación que pudo
corroborar, ante el hecho de haber sido evidenciada y el reclamo por parte del
esposo, ésta actuó violentamente golpeándolo con objetos, mordiéndole en varias
partes del cuerpo; ante el cual decide acudir a las autoridades.
Examen
Médico:
El examen médico reveló:
hematomas, estigmas angulares en el antebrazo, tórax, muñeca.
Examen Psiquiátrico:
reacción de ansiedad, sin antecedentes patológicos.
Conducta observable:
desconcierto, sentido de soledad, dolor, frustración, inseguridad, trata de
comprender el hecho ilícito, ansiedad, dolor de cabeza, ha intentado reacción
violenta.
Tal como se puede observar
en los hechos anotados se trata de un caso de violencia intrafamiliar en donde
la infidelidad actúa como factor desencadenante de actos violentos de tipo
físico y verbal; en donde sin entrar a analizar la relación de pareja en
atención a comunicación, sentimientos, etc., se trata de un caso que aún cuando resulta ser la víctima un
individuo del sexo masculino; situación poco frecuente, presenta la misma
dinámica que se da ante hechos similares en donde se victimiza la mujer. En este tipo de violencia generada por
incumplimiento de deberes conyugales y paternos – maternos, el sujeto
victimizado es víctima primero de un acto de infidelidad y luego ante la
confrontación y descubrimiento de ésta, muchas veces el victimario actúa
violentamente, también al sentir la presión de la víctima ante el
descubrimiento de la verdad, todo como un mecanismo de defensa. En estudios realizados en torno al homicidio
pasional, en el caso más frecuente de mujeres homicidas se registran
antecedentes de violencia por parte de sus compañeros, esposos, etc., quienes
en el sentido de posesión que manifiestan unido al machismo que comparten, no
soportan perder la autoridad y dominio sobre su pareja. No obstante, el caso analizado resulta poco
común tanto por la calidad de la víctima como del victimario.
En atención a la víctima de
acuerdo a la posición del modelo psico-social puede tratarse de un caso en
donde ésta vivió en un ambiente violento durante su infancia, de allí que pueda
existir la relación entre la violencia que los protagonistas vivieron durante
la infancia y la agresión desplegada o sufrida en la relación conyugal (Grosman
y otros), pues al decir de (Gelles 1972 citado por Grosman): “si un individuo
aprende que la violencia constituye un comportamiento apropiado cuando se
siente frustrado o irritado, entonces la agresión será un modo de adaptación al
stress. Se afirma tales estudios que el comportamiento violento
configuraría una conducta aprendida socialmente, es decir, adquirida bajo el
influjo de concretas condiciones” ambientales.
En atención al caso
analizado y de manera concreta la víctima se abstuvo de reaccionar también
violentamente, por el amor que siente hacia sus hijas que generalmente
preenviaban tales escenas, pero también podemos deducir que desplaza su emoción
hacia una demanda penal, allí pone de manifiesto su agresividad; no obstante
que de acuerdo al cuadro clínico que presentaba al momento de ser evaluado, se
puede decir que en alguna medida somatizó la emoción por lo que se percibió
depresión, sentimiento de frustración, angustia, etc.
Finalmente debemos reiterar
que los estudios realizados sobre este tema concentran su atención en el examen
de la conducta agresiva del hombre hacia la esposa o compañera, por considerar
que la víctima generalmente es la mujer; no obstante, queda demostrado que
todos los miembros de la familia incluyendo al padre o esposo están expuestos a
ser víctimas de este comportamiento.
El
caso analizado se encuentra en la fase de instrucción sumarial por tanto a este
nivel se puede hablar de supuesto hecho de violencia intrafamiliar, sin
embargo, las pruebas médico legales confirman la existencia del maltrato físico
(mordedura, golpes, etc.) a la vez que el efecto emocional que se hace presente
en la víctima mismo que queda establecido por el psiquiatra en el diagnóstico
respectivo.
CUADERNOS
No. 30 (2000)
MUTILACIÓN POR OCULTAMIENTO: el caso de dos
psicópatas.
Manuel de J. Campos
Labrador.
Psicólogo
PRESENTACIÓN
A continuación presentamos el
caso de una joven de 22 años que fue asesinada y brutalmente mutilada por dos
sujetos quienes luego del homicidio depositaron las partes de su cuerpo en
bolsas de basura que arrojaron en un basurero público con el propósito de
ocultar el “cuerpo del delito”.
La información se obtiene de las 1,675 páginas del
expediente legal que reposa en la fiscalía cuarta superior del Primer distrito
Judicial de Panamá a cargo del Fiscal, licenciado Dimas E. Guevara, siendo en
algunos casos presentada de manera textual, a fin de guardar la fidedignidad de
la información toda vez que el caso fue procesado, juzgado y sentenciado.
A pesar de que el caso ya fue sentenciado y expuesto
públicamente a través de los medios de comunicación hemos querido respetar la
dignidad de la occisa recurriendo a apodos y primeros nombres para mantener un
nivel de discreción con relación a la información que se ofrece y basados en
que nuestra presentación conlleva fines exclusivos de registro anecdótico en el
plano académico – criminológico.
EL
HALLAZGO INICIAL
El día 22 de septiembre de 1995 siendo las 4:30 de la
tarde, el Personero Municipal, área de Ancón procede a realizar diligencia de
reconocimiento y levantamiento de un cadáver que había sido encontrado en esta
misma fecha a la 1:30 pm. por un
transportista que se encontraba laborando en el relleno sanitario de Cerro
Patacón, quien se percató de un bulto cubierto con cartón y al descubrirlo se
dio cuenta que se trataba de restos de un cadáver, por lo que le dio aviso
inmediato a sus superiores, quienes se comunican a la Policía Técnica
Judicial para informar sobre el hallazgo.
El cadáver encontrado correspondía al sexo femenino y
presentaba mutilación total de ambas piernas, aproximadamente a la altura de
las rodillas y en la parte superior, la mutilación era a la altura del abdomen.
Posteriormente a las 10:00 de la noche del mismo día se
notifica de otro hallazgo en el mismo lugar, siendo encontrado en esta ocasión
la parte del tronco (caja toráxica) de un cadáver del sexo femenino
presumiblemente relacionado con el hallazgo anterior.
DETENCIÓN
DE LOS RESPONSABLES
El día 22 de septiembre se inician a través de la
Dirección de Información e Investigación Policial (DIAP las investigaciones
para identificar la identidad de los restos encontrados y la posible causa de
muerte obteniéndose información de la denuncia de desaparición por parte de
familiares de una joven de 22 años quien había salido para su escuela el día 20
de septiembre y que no sabían de su paradero.
Posteriormente el 22 de septiembre, miembros de la
policía visitan en su domicilio a los familiares de la joven desaparecida a
quienes le informaron de los restos
encontrados. Los familiares a su vez
informan el nombre de un ingeniero con quien la joven desaparecida salía y a
quien la policía también contacta y a fin de establecer la relación entre la
joven desaparecida y los restos encontrados.
Siendo ya el 25 de septiembre tanto la madre, un hermano
de la joven desaparecida y el señalado ingeniero se apersonaron a la morgue del
Hospital Santo Tomás identificando los restos de la joven desaparecida por
señas reconocidas en los glúteos y lunares.
Las partes identificadas del cadáver indicaban que se
trataba de “Chola”, ciudadana panameña, de 22 años, estudiante de un colegio
técnico de la ciudad capital y que evidentemente correspondían a la persona que
se había reportado como desaparecida.
En el interrogatorio que se le practicó al “Ingeniero”
con quien salía “Chola”, éste informó que la misma le había indicado que un
compañero de la escuela le había amenazado de muerte sino hacía el sexo con
él; y que el joven antes mencionado
respondía al nombre de “Carlos”.
Se procedió a entrevistar al sujeto llamado “Carlos” pudiéndose
observar por parte de la policía que el mismo presentaba una herida cortante en
la mano derecha que se extendía desde el dedo anular hasta el dedo meñique;
también se pudo observar que los zapatos que llevaba puestos tenían manchas de
sangre en la parte exterior e incluso dentro de los mismos.
Luego de observar que las respuestas proporcionadas por
el joven “Carlos” carecían de veracidad, las autoridades competentes
emprendieron una diligencia de allanamiento a la residencia del sujeto con el
fin de encontrar lo que el joven mencionaba y que corroboraban su testimonio.
Como quiera que el joven “Carlos” en el interrogatorio
dio varias versiones, declarándose finalmente como participante responsable en
la muerte de “Chola”, pero aclarando que realmente quien la había matado había
sido un amigo de él, quien le quebró el cuello a “Chola”.
Al señalar a otro sujeto que apodaban “Anthony” como
participante en la muerte de “Chola”, la policía procedió a capturar a dicho
sujeto quien hace declaración aceptando ser cómplice de la muerte y mutilación
de “Chola”, pero aclarando que fue el joven “Carlos” quien la mató ya que “yo
vi que él la cortó como unas tres veces allí, después la muchacha calló
desplomada”.
Un tercer sujeto sale a relucir como encubridor cuando
“Carlos” en sus declaraciones manifiesta que al día siguiente cuando iban a
desaparecer las partes del cuerpo mutilado decidió llamar un taxi, llamando a
la unidad 15 de Radio Taxi Plaza X:
“Cuando el taxista llegó le dije que subiera a mi departamento para que
viera lo que íbamos a transportar y al llegar al apartamento le dije que era un
difunto” y el taxista le dijo “Déjame pensarlo bien y tomar aire porque he
transportado drogas, pero nunca un muerto y a los cinco minutos dijo que estaba
bien, entonces él bajó para su taxi a esperarnos.
Ante la anterior declaración las autoridades competentes
capturan al “taxista” a fin de investigarlo y determinar su responsabilidad en
el homicidio señalado.
NARRACIÓN
DE LOS HECHOS
Se aclara que los sujetos que
fueron encontrados responsables del homicidio presentaron dos versiones
contradictorias: en la primera versión se declararon confesos del homicidio y
del mutilamiento de la víctima; en la segunda versión manifestaron que tres
colombianos, una mujer y dos hombres eran quienes habían cometido el homicidio
en presencia de ellos.
En razón de las pruebas del médico forense, de
contradicciones entre ambos inculpados y de otras pruebas técnicas se comprobó
según el expediente que la primera versión, la cual a continuación detallamos
fue ocurrida, pese a que presentaba contradicción entre los dos declarantes.
Llegando a mis casa
a eso de las 7:30 – 8:00 p.m. Encontrándonos en la casa Anthony y yo
comenzamos a hablar temas varios. Anthony estaba escondido detrás de la puerta,
ella no lo vio, en eso y luego de conversar empezamos a romancear para lo cual
ella se quitó la ropa y yo empecé a
ayudarla seguidamente yo me desnudé y mantuvimos relaciones sexuales, luego de
eso comenzamos a hablar sobre un dinero que ella me debía que era la suma de
948.00, contestándome ella que se lo había gastado en un hotel de la localidad
con un señor llamado “Ingeniero”, ante esta respuesta me puso bravo y
comenzamos a discutir, luego a manotearnos, luego le di un golpe en la cara,
ella calló en el sillón, de allí me le tiré encima, le puse mis piernas arriba
de las de ella y con mis manos le tomé las de ella para que no se pudiera
mover, en esto entró Anthony quien la tomó por la parte de atrás de la cabeza,
comenzando nuevamente el forcejeo, entonces ella empezó a botar sangre por la
nariz, en eso Anthony la mantenía agarrada por el cuello, doblándoselo de
izquierda a derecha en eso escuché cuando le traqueó el cuello a Chola
diciéndome Anthony “ya traqueó”, al escuchar esto que me dijo Anthony corrí
hacia mi cuarto, en el cual se encontraba un cuchillo arriba de la cómoda,
regresando donde estaba Anthony y Chola ya que él todavía no la soltaba,
entonces le hice a Chola 3 o 4 puñaladas…
Trasladamos el
cuerpo hasta mi cuarto y lo colocamos debajo de mi cama, luego de eso Anthony
se fue para su casa, eso sería como a las 9:45 p.m.
El jueves 21
Anthony llegó a mi casa le dije Anthony “vamos a tener que cortar el
cuerpo” contestándome él que eso no era
problema y que lo haría, fue así como sacamos el cadáver de Chola, lo pusimos
en el baño y él me preguntó que cómo empezábamos, me quedé callado y como tenía
a un costado del sillón el machete se lo entregué a Anthony quien empezó a
cortarle los brazos, el cadáver se encontraba bajo abajo en ese momento, luego
siguió la cabeza, después le cortó de las rodillas para abajo y como estaban
botando sangre las piezas, yo calenté agua a la cual le eché sal, medía en el
agua las piezas a efectos de que cortara la hemorragia, ya que sabía que al
cortar el cadáver iba a haber mucha sangre.
Estas piezas las envolví en periódico y las llevaba a la cocina las
cuales metí en la olla que estaba en la estufa con el agua caliente y las metía
para parar el sangrado, ya que mientras Anthony cortaba el cuerpo de Chola yo
tomaba la pieza cortada y la metía en el agua empesando por las manos, luego
como dijera anteriormente la cabeza y así hasta que terminó de cortarla después
de eso en tres bolsas de basura de color negro paseé a meter las partes del cuerpo,
las cuales ya no botaban sangre, además tenía
doble bolsa para que se rompiera y no chorreara, en cuanto a las partes
las metí así, en una bolsa la parte del pecho, en otra las partes del muslo y
tronco y en la última la cabeza, los brazos y las piernas, procediendo a
amarrar las bolsas.
PROCESO
Y SENTENCIA DE LOS RESPONSABLES
A continuación se presenta un resumen de lo actuado en el
proceso jurídico realizado por el homicidio de “Chola”.
Segundo Tribunal Superior del Primer Distrito Judicial
Panamá.
Panamá, veintiocho (28 de agosto de mil novecientos
noventa y siete (1997)
Vistos:
Durante la sesión del día 14
de agosto de 1997, ingresó al Despacho del Magistrado Sustanciador, el proceso
penal seguido contra los señores “CARLOS”
y “ANTHONY”, como presuntos infractores de las disposiciones legales
contenidas en el Capítulo I, Título I, Libro II del Código Penal, es decir,,
por el delito genérico de Homicidio doloso, cometido en perjuicio de quien en
vida se llamó “CHOLA, para dictar la sentencia en lo que respecta a la
individualización de la pena.
I. ANTECEDENTES
Mediante resolución con fecha de 22 de mayo de 1996,
registrada de fojas 818 a
860, fueron llamados a responder en juicio criminal los señores CARLOS y
ANTHONY, como presuntos infractores de las disposiciones legales contenidas en
el Capítulo I, Título I, Libro II del Código Penal, es decir, por el delito
genérico de Homicidio Doloso cometido en perjuicio de la joven CHOLA y mantiene
la medida cautelar personal de detención preventiva dictada por el funcionario
de instrucción durante la fase preparatoria o de instrucción sumarial contra
los procesados, además declina el conocimiento de la situación jurídico penal
del señor RONEY “el taxista” para ante el Juzgado Municipal, Ramo Penal, de
turno, del Distrito de Panamá, con relación al delito de encubrimiento.
Agotado el trámite correspondiente al período ordinario
probatorio y traslado del expediente a las partes fue llevada a cabo la vista
oral a partir del día 16 de junio de 1997 y la misma concluyó con un veredicto de culpabilidad para cada
uno de los procesados con relación a la muerte de la joven CHOLA, así consta a
fojas 1108 y 1109.
II. HECHOS PROBADOS
Quedó demostrado que los señores CARLOS y ANTHONY
llevaron a cabo el homicidio perpetrado en perjuicio de la joven CHOLA, en
horas de la noche del día 20 de septiembre de 1995, en el Edificio Tuira,
Apartamento 1414, Ricardo J. Alfaro (Tumba Muerto), Corregimiento de Bethania,
Distrito y Provincia de Panamá.
Las causas del óbito, según el Protocolo de Necropsia
suscrito por el Dr. José Vicente Pachar, Master en Patología Forense del
Instituto de Medicina Legal, consignado de fojas 406 a 411, son desconocidas
porque “los elementos descritos en los
segmentos examinados son insuficientes para establecer con certeza la causa de
la muerte y se puede inferir que la causa del fallecimiento debe encontrarse en
las partes faltantes: cabeza, cuello, extremidades superiores, parte de las
vísceras abdominales, piernas o pies”.
Está demostrado a través de las pruebas periciales
respectivas que los señores procesados
son personas imputables, esto significa que saben discernir entre el bien y el
mal y no están incluidos en las prerrogativas previstas en los artículos 24 y
25 del Código Judicial.
III. INDIVIDUALIZACIÓN JUDICIAL DE LA PENA
Debido a que todo lo concerniente a la determinación
sobre la vinculación objetiva y subjetiva de los procesados con el hecho
punible fue decidido por los jueces de conciencia, quienes declararon a estos
culpables debemos concretarnos a fijar la pena que corresponde, previa
tipificación del delito llevado a cabo por estos, tal como lo establecen los
artículos 2362, ordinal 12° y 2389 del Código Judicial, y ello amerita el
siguiente examen:
A. Tipificación delictiva
La conducta reprochable consiste en la acción llevada a
cabo con premeditación, intención, voluntad y desarrollo de los actos humanos
para matar a la joven “CHOLA”.
También el
hecho punible fue llevado a cabo por motivos fútiles y medios de ejecución
atroces, porque no existía ninguna justificación o razón fundada para la
comisión del delito, de igual forma está consignado que primeramente sometieron
a la sujeto pasivo a tratamientos crueles porque la golpearon hasta ejecutar el
homicidio.
B. Fijación de la Pena
Ambos procesados participaron
en la comisión del hecho punible, así fue determinado por los jueces de
conciencia y tienen igual grado de participación porque quedó establecido que
tanto el uno como el otro ejercieron fuerza física sobre la sujeto pasivo para
lograr la comisión del homicidio, además el uno auxilió al otro.
Para fijar la pena base tomamos en consideración los
parámetros previstos en el artículo 56, ordinales 1°, 2°, 3º, 4º, 5º, y 6º del
Código Penal, esto significa que ambos
procesados tienen suficiente grado de escolaridad para comprender la ilicitud
del hecho punible, no había motivo de justificación alguno, actuaron con
ventaja, su conducta posterior al hecho fue despiadada, sin ninguna
consideración a la víctima, al efecto que la descuartizaron, la cabeza no
apareció y depositaron los restos en unas bolsas, son sujetos imputables, por
tanto, se fija la pena base de veinte años de prisión para cada uno de ellos.
IV. PARTE RESOLUTIVA
En mérito de lo expuesto, el SEGUNDO TRIBUNAL SUPERIOR DEL PRIMER DISTRITO JUDICIAL,
administrando justicia en nombre de la República y por autoridad de la Ley, FALLA lo siguiente:
1. CONDENA al señor “CARLOS”…
a la pena de VEINTE (20) AÑOS DE PRISIÓN
Y QUINCE (15) AÑOS de inhabilitación para el ejercicio de funciones
públicas…
2. CONDENA al señor “ANTHONY”… a la pena de VEINTE
(20) AÑOS DE PRISIÓN Y QUINCE (15) años de inhabilitación para el ejercicio
de funciones públicas…
EVALUACIONES
PSICOLÓGICAS Y PSIQUIÁTRICAS DE LOS RESPONSABLES
I. DATOS PERSONALES
a. NOMBRE: “Anthony”
b. FECHA DE
NACIMIENTO: 22 de agosto de 1976
c. LUGAR DE
NACIMIENTO: Provincia de Panamá
EDAD
CRONOLÓGICA: 19 años
ESCOLARIDAD: V
de secundaria
II. ANTECEDENTES FAMILIARES Y PATOLÓGICOS
Hijo de “DORA”, ama de casa y
de “LINO”, jubilado, tiene 7 hermanos, cuatro mujeres y 3 varones, siendo
“ANTHONY” el sexto en línea descendente.
No fuma, ni ingiere bebidas alcohólicas, no padece de ataques convulsivos,
no consume ningún tipo de droga ni ha estado detenido por causa alguna.
III. NARRACIÓN DE LOS HECHOS
Manifiesta estar detenido
desde el mes de septiembre por el delito de Homicidio. Relata que él y su amigo “Carlos” fueron
amenazados de muerte por unos extranjeros.
“… matarían a la
novia de Carlos en el Apartamento de donde vivía, Carlos, un miércoles. A Carlos lo tenían esposado y a mí amarrado
con mi corbata de la escuela. Eran tres
sujetos extranjeros colombianos. El
hombre blanco le dio señal al moreno el blanco le presionó las piernas a Chola
y le preguntaba dónde estaba la droga, ella decía que no la tenía, que la tenía
un ingeniero. El blanco Montoya comenzó
con un cuchillo a puyarla por el cuello.
Había una mujer que los acompañaba a los tipos, ella nos apuntaba con
una pistola con silenciador. Nos
obligaban a ver lo que le hacían a Chola.
Después de morir Chola, entre el blanco y el moreno Ospino, la pusieron
en el piso, el blanco le dio el cuchillo a Ospino, pero el moreno dijo “Tengo
algo mejor”, comenzó a cortarle los brazos y las piernas.
Después pidieron
unas herramientas a Carlos, Carlos les dijo dónde estaban, trajo un martillo y
un pedazo de madera y cortan la cabeza, los brazos y las piernas. El blanco le echó la cabeza en una bolsa
negra y dijo que se la enviaría de regalo a la madre de Chola. Los dos pedazos, el tronco y los muslos las
metieron debajo de la cama de Carlos. A
nosotros nos metieron en el baño y nos amenazaron de que si hablábamos nos
matarían o les hacían daño a nuestras familias, tenían los números de teléfono
y dirección de la residencia.
Por eso al día
siguiente recibí la llamada de Carlos y de uno de los tipos preguntando sobre
la droga y el ingeniero. Me dijeron que
me fuera a la casa de Carlos me dijo que
los tipos los habían llamado, al rato llamaron y me preguntaban sobre la
droga. Nosotros nos pusimos a atar cabos
y decidimos decir las versiones que dieron sobre que ellos habían matado a
Chola para proteger a su familia.
Ese día jueves,
Carlos llamó a una piquera de taxi y preguntaba por un taxero que él conocía,
el tipo llegó como a las 2 de la tarde.
Subió con Carlos al apartamento y Carlos le decía que lo ayudara a
deshacerse de las bolsas que tenían las partes del cuerpo. El tipo manifestó que él había transportado droga
pero cadáveres no. Yo bajé con una bolsa
que tenía las pertenencias de Chola y las tiró en el tanque de la basura.
Carlos se fue con
el taxero. No supe más de ellos hasta
que fue detenido.”
Agrega que dieron
esas declaraciones en las cuales nos habíamos puesto de acuerdo para protegerse
y proteger a nuestras familias, pero la presión y hostilidad en la Policía
Técnica Judicial se contradijeron.
Anthony termina su
narración manifestando que él no tiene que ver con la muerte de Chola, que él
no ha cometido ninguno de los hechos conocidos.
IV. RESULTADOS DE LAS PRUEBAS APLICADAS
a. Entrevista
Se presenta atento, cooperador
buena orientación, memoria, sin alteración, lenguaje y pensamiento sin
trastorno.
b. Prueba
neurológica: No evidencia organicidad.
c. prueba
de personalidades: No evidencia rasgos psicopatológicos algunos.
V. DIAGNÓSTICO
No se evidencia rasgo o
trastorno de personalidad psicótica o de retardo mental.
Licdo. LUÍS E. RODRÍGUEZ
PSICÓLOGO FORENSE
I. DATOS PERSONALES
a. NOMBRE:
“CARLOS”
b. FECHA DE NACIMIENTO: 30 de diciembre de 1974
c. LUGAR DE NACIMIENTO: Provincia de Panamá
d. EDAD CRONOLÓGICA: 20 años
e. ESCOLARIDAD:
I año de Derecho
II. ANTECEDENTES PATOLÓGICOS
Sin historia de
hospitalización, no padece de ataques, ni convulsiones, niega consumo de droga
alguna, fuma e ingiere bebidas alcohólicas.
No registra antecedentes penales.
III. NARRACIÓN DE LOS HECHOS
Manifiesta haber
sido detenido el 25 de septiembre del presente por el homicidio de Chola.
Ese día estaba mi
amigo Anthony en mi casa, cuando llegó la muchacha que andaba conmigo, como a
las 7:00 pm. La puerta estaba abierta
entraron 3 colombianos. Anterior a eso
había encontrado unos exámenes de SIDA de ella.
Pregunté quiénes son ustedes, Chola dijo, “tranquilo yo los conozco”.
Chola le dijo a uno
de ellos, al blanco “Montoya”, me estabas siguiendo, cómo dieron conmigo? Contestó “pregunté abajo por el tal
Carlos”. Él preguntó por los 5 kilos de
cocaína. Ella dijo vueltas y vueltas,
que la droga la tenía el ingeniero.
Comenzaron a buscar en el cuarto.
Encontraron a mi amigo Anthony en mi cuarto pensaron que era el
ingeniero. Lo amarraron con la corbata a
Pepe (Anthony).
Habla “chucha”
decía el colombiano que estaba sentado sobre la joven, cogió un cuchillo y
comenzó a puyarla por el cuello, por aquí (lado izquierdo) le abrió una herida
donde salía bastante sangre. La mujer,
Carmen, dijo “ponle la lengua de corbata”, se lo dijo a Montoya, al colombiano
que puyaba a Chola. El sólo la
mató. Entonces entre Montoya y el otro
colombiano, el moreno que lo llamaban Ospino, agarraron el cuerpo y lo pusieron
entre el baño y uno de los cuartos donde está el lavamanos, la pusieron boca
abajo, ella estaba en toallas, ya que habíamos tenido relaciones sexuales. Montoya le dio el cuchillo a Ospino para que
cortara el cuerpo, pero el colombiano Moreno dijo “tengo algo mejor” fue a mi
cuarto y trajo un machete que tenía yo guardado, ya que mi pistola está en
arreglo y allá abajo del Edificio hay muchos maleantes.
El colombiano
Ospino, comenzó a cortar por el brazo derecho, luego la pierna izquierda.
Montoya le dijo a
la mujer que buscara unas bolsas negras y le dijo “acuérdate que la Four Runner
está por atrás”. La mujer se puso a
calentar una olla que tenía agua con sal, ella regresó como a las 9:30; el
moreno había cortada las extremidades y la cabeza y las puso en una bolsa
negra, las otras partes las pusieron en otras 2 bolsas negras. El colombiano expresó agarrando la cabeza por
los cabellos que “le iba hacer un regalo para el 8 de diciembre a la madre de
Chola”. Metieron la cabeza y las extremidades en una bolsa y se la
llevaron. La colombiana que era muy
bonita y estaba buena, dijo “mejor se ven en ese espejo los 5 kilos tienen que
aparecer. “nos metieron en el baño, el
colombiano Ospino, me quitó las esposas, las limpió de la sangre mía que me
habían cortado, cuando la colombiana me tiró con el cuchillo porque hice un
movimiento cuando estaban cortando el cuerpo.
Antes de retirarse nos dijeron que no dijéramos nada, que nos harían
daño a nosotros y a nuestras familias”.
Agrega que ellos
habían hecho unas declaraciones en la cual se hicieron responsables del hecho,
por temor a las amenazas de los colombianos, protegiendo a su familia y al
hostigamiento en la Policía Técnica Judicial.
Ellos habían acordado el día siguiente cuando esperaban al taxero que
llegara a buscarlo para deshacerse de las partes del cuerpo que habían dejado
los colombianos, de que es lo que dirían cuando los detuvieron, pero por el hostigamiento
y la presión en la Policía Técnica Judicial se confundieron y Anthony dijo una
cosa y él otra.
IV. RESULTADO DE LAS PRUEBAS APLICADAS
a. ENTREVISTA
Se trata de una persona que
fácilmente es accesible y abordable, se presenta aseado, bien orientado,
responde de modo defensivo, negando haber cometido el hecho delictivo.
b. TEST DE LA FIGURA GUESTALTICA DE BENDER
b.1 No se evidencia lesión orgánica
b.2 Se observan rasgos de ansiedad, seguridad en
su propia persona, sujeto bien plantado, trata de negar las tendencias
agresivas, temor a la sociedad, compulsivo, trata de dar la impresión de un
determinado comportamiento.
Exageración de sus cambios
sexuales. Tenso, rígido, obsesivo,
habilidad cognoscitiva.
c. INVENTARIO MULTIFÁSICO DE LA PERSONALIDAD:
MMPI-ESPAÑOL
El perfil configurado
corresponde a un cuadro de una personalidad psicopática.
V. IMPRESIÓN DIAGNÓSTICA
Se evidencia rasgo de
personalidad psicopática
Licdo. LUÍS RODRÍGUEZ
PSICÓLOGO FORENSE
EVALUACIÓN
PSIQUIÁTRICA FORENSE
Nombre: Carlos
Fecha
de examen: 27 de septiembre de 1995 y 13 de
marzo de 1996.
Lugar
del examen: Instituto de Medicina Legal.
ESTADO
MENTAL AL MOMENTO DE OCURRIR LOS HECHOS QUE SE INVESTIGAN
Entrevista
realizada el 27 de septiembre de 1995:
En este día el
Señor CARLOS nos refiere que conocía a la joven CHOLA hacía mas o menos seis
(6) meses, en un curso de computadoras que ambos realizaban. Comenzaron a salir, mantuvieron relaciones
sexuales en varias ocasiones. El
sindicado no frecuentaba la casa de ella, pero ella sí venía a la suya.
Se había enterado
que ella andaba con su novio anterior, y pensaba darle “un susto”. Él le había prestado la suma de B/.948.00,
pero no tiene constancia de esto.
Uno o dos días
antes había planeado con Anthony, para pegarle o hacerle un daño pequeño. Su amigo se quedó oculto cuando ella llegó al
apartamento. Mantuvieron relaciones
sexuales, y después comenzó a reclamarle.
Su amigo entró en la sala y la agarró por el cuello, y él (Carlos) le
dio dos o tres (2 o 3) puñaladas en el pecho.
En una de estas ocasiones se cortó los dedos. El cuchillo de cocina estaba en la sala,
muerta, la ocultaron debajo de su cama, porque era tarde y sus padres estaban
por regresar. Limpiaron todo, Anthony se
fue y él durmió al lado de la cama, en el piso.
A las ocho (8:00
a.m.) de la mañana siguiente, llamó a su amigo, la llevaron al baño y su amigo
empezó a cortarla. Calentó agua con sal
para contener la sangre. Dice que no es muy malo porque no cortó los pedazos. Después llamó a una amiga diciendo que tenía
que hacer un trabajo delicado y ella indicó a su hermano que es taxista.
Cuando éste llegó,
ya habían dispuesto el cuerpo en tres (3) bolsas, y le dijo que había un
cadáver en ellas. Bajaron las bolsas, la
dispusieron en el maletero, dieron varias vueltas y por fin las dejó en un
basurero en la Locería ya que el taxista estaba asustado.
Al día siguiente
(el jueves) llamó a la casa de Chola preguntando por ella, para desviar la
atención de los familiares y cuando la encontraron fue a la Morgue para
reconocerla.
Dice que lo detuvieron porque
había sangre en sus zapatillas. Habían
limpiado toda la casa, pero se le escapó este detalle.
ENTREVISTA
REALIZADA AL DÍA 04-Enero-1996 con los padres de CARLOS
Refiere que Carlos
es el primer hijo de dos (2). Ha tenido
un embarazo y parto normal. Peso 5 lbs . al nacer y fue
amamantado hasta los tres (3) meses.
Presentó un desarrollo psicomotor y crecimiento adecuado.
Al año y medio (1
½) fue operado del ojo derecho, porque nació con un tumor ocular. Fue extraído el globo ocular e introducido
prótesis ocular. Al principio no le
gustaba, después fue aceptándola. Recibió
atención pos psiquiatra por este motivo.
Ha estudiado el
pre-kinder, kinder, sin problemas.
Estudió en la Escuela el Japón,
con buen desempeño escolar, siendo becado.
Con buena sociabilidad.
La secundaria la
realizó hasta el tercer año en el Instituto Fermín Naudeau, también fue
becado. El cuarto y quinto año lo cursó
en el Instituto América y se graduó en el Instituto Istmeño debido a paros de
maestros.
En todas presentó
buen desempeño escolar, y no ha fracasado.
Cursó el primer año de Derecho en la Universidad Latina, abandonó la
carrera por el costo económico. Comenzó
un curso de computación en el INTEC, donde conoció a Chola.
Informan que muchas
jóvenes lo llamaban a su casa. Su padre
dice que ella lo había dejado.
DÍA DEL HECHO: Relata la madre que regresó
con su esposo más o menos a las 9:00 p.m. (al medio día había avisado a su hijo
que llegarían tarde esa noche).
Cuando llegaron a
la casa, dicen que no notaron nada extraño, apenas que él estaba cortado en
unos dedos, y que le informó que unos colombianos habían peleado por un dinero.
La madre trajo
comida, y Carlos comió sin ningún problema.
Posteriormente fueron a dormir y en la mañana siguiente fueron a
trabajar.
Sus padres informan
que él (Carlos) se relacionaba bien con los vecinos, pero después del hecho
ocurrido, comenzaron a hablar mal de él.
De pequeño no le dejaban salir porque los otros niños lo golpeaban. Su segundo hijo hermano de Carlos, tiene 19
años y vive en el interior con su abuela.
ENTREVISTA
REALIZADA EL DÍA 13 DE MARZO DE 1996
El señor Carlos
informa este día que resolvió ahora relatar la verdad, que ya no la había dicho
anteriormente pensando en proteger a su familia.
Refiere
que el día de los hechos Chola llegó a su casa, mantuvieron relaciones
sexuales, y cuando ésta fue al baño, entraron unos colombianos, que los
amenazaron. Estos la mataron la
partieron y dividieron sus restos en tres (3) bolsas, siendo que dos (2) bolsas
fueron puestas debajo de su cama.
Dice que entre 7:30
p.m. llegaron los colombianos que demoraron de una a una y media hora para
matarla y cortarla, y a las 9:00 a 9:15. se fueron, dejando el apartamento todo
sucio de sangre.
Cuando éstos
salieron, ambos se pusieron a limpiar, fumó para que no se sintiera el olor, y
puso spray en la sala.
Como se había
manchado uno de los cojines sacó el forro, lo lavó y cubrió el sofá con una
toalla para que no se notara.
Informa que los
colombianos llevaron la bolsa que tenía la cabeza y los miembros superiores e
inferiores.
Después de la
limpieza, combinaron que se culparían del homicidio para proteger a su familia,
en caso de descubrirse lo ocurrido.
Cuando sus padres
llegaron los atendió normalmente y después fue a dormir. Cuando su padre le preguntó sobre los cortes
de la mano, le dijo que se había cortado accidentalmente pelando una naranja.
A la mañana
siguiente esperó que sus padres salieran a trabajar y llamó a Anthony para
deshacerse de las bolsas. Dice que a los
tres (3) días después de la muerte planificaron lo que iban a decir, pero que
tenía conciencia que podían detenerlo ya que él andaba con Chola.
El jueves llamó a
la familia de ella, pidiendo hablar con Chola.
Dice que todo lo hizo conscientemente, porque sabía que estaba
muerta. Acepta que ciertos hechos
“parecieron mentira” (palabras de él).
ANTECEDENTES
FAMILIARES:
Edad de la madre: 45 años;
edad del padre 56 años; número de hermanos: uno (1) posición: es el primero;
historia familiar patológica: madre cardiaca.
ANTECEDENTES
PERSONALES:
Escolaridad: cursó el primer
año de la Faculta de Derecho, buen desempeño escolar, fue becado por el IFARHU
en la secundaria. Nunca repitió de año.
Historia
laboral: trabajaba en la Agencia de Aduana, como mensajero por seis (6) meses.
Historia conyugal: soltero, sin hijos.
Historia
patológica: (hospitalizaciones, cirugías accidentes, tratamientos): Cirugía
ocular. Presenta prótesis ocular
derecha. Niega epilepsia u otra
enfermedad. Niega atención por
psiquiatría o psicología.
Tabaco: eventual.
Alcohol: usa bebidas alcohólicas sobre todo en fines
de semana o fiestas. En una ocasión se
intoxicó, recibiendo venoclisis. Fue un
episodio aislado. Actualmente siente que
beber le hace daño. El día de los hechos
no había ingerido bebidas alcohólicas.
Drogas ilícitas y de abuso:
Refiere que en 1989 consumió cocaína inhalada, y que el sábado (después) del
crimen, volvió a usarla. Se sintió
deprimido por el hecho. Niega uso de
tranquilizantes.
Antecedentes delictivos:
Detenido por indocumentado el 7 de diciembre de 1994. en otra ocasión por realizar disparos al
aire.
EXAMEN
FÍSICO:
Estado
general: presenta buen estado general
Cabeza
y cuello: con prótesis ocular derecha
Tórax: sin alteraciones Abdomen: sin alteraciones
Extremidades: pequeños cortes
en segundo y tercer dedo de la mano derecha
Neurológico. Sin alteraciones
Laboratorios: la determinación
de metabolitos de cocaína y marihuana realizada el 27 de septiembre de 1995,
resultó negativo para ambas pruebas.
Observación: se ordenó un
electroencefalograma, donde fue marcada cita en el hospital Santo Tomás, se
esperó resultados. Solamente hace poco
logramos la información de que no acudió a la cita en las ocasiones prescritas
y por esta razón no se realizó este examen.
EXAMEN
MENTAL
Apariencia
general y conducta. Buena apariencia general.
Conducta adecuada, se muestra
gentil.
Actividad
psicomotora: a su voluntad, tranquilo
Estado
de conciencia: Vigil
A. Atención: Normoprosexico
(sin alteraciones)
B. Orientación:
Orientado en tiempo, lugar y persona.
C. Memoria:
Conservada. Dice que cambió de
declaración para proteger a su familia.
Flujo
y estructura del lenguaje: sin alteración
Flujo
y contenido del pensamiento. Pensamiento coherente. Sin ideas delirantes, ni sobrevaloradas.
Humor
y afectividad: No demuestra preocupación ni ninguna demostración afectiva en relación
al hecho a la víctima.
Función
sensoperceptual: No presenta alucinaciones, ni ilusiones de ninguna índole.
Funciones
intelectuales y capacidad de juicio crítico: sin alteración cualitativa
de la inteligencia. Juicio crítico
adecuado.
DRA. ELAINE BRESSAN DR. ALEJANDRO PÉREZ MÉNDEZ
PSIQUIATRA FORENSE PSIQUIATRA FORENSE
INSTITUTO DE MEDICINA LEGAL INSTITUTO DE MEDICINA LEGAL
RESPUESTAS
A CUESTIONARIOS DE LA FISCALÍA AUXILIAR POR PARTE DEL INSTITUTO DE MEDICINA
LEGAL A “CARLOS”.
1. No tenía alteradas sus facultades mentales al
momento de ocurrir los hechos que se le imputan
2. No presenta trastorno mental, tipo psicótico
en la actualidad.
3. Está en capacidad de distinguir entre el bien
y el mal, entre lo real y lo imaginario
4. En el curso de una conversación puede percibir
las palabras de quien le habla.
5. No ha llegado hasta un lugar sin haberse dado
cuenta como lo hizo.
6. No ha tenido la sensación de que las cosas
sucedan de un modo automático
7. No se observa cuadro de dependencia a las
drogas.
8. No presenta ningún tipo de impedimento desde
el punto de vista mental que sea un obstáculo para estar recluido en centro
penitenciario.
9. Presenta una personalidad con características
psicopáticas.
10. No presenta manifestación
afectiva en relación a la víctima o al hecho en sí.
11. No se enmarca en las prerrogativas de los
artículos 24 o 25 del Código Penal.
DRA. ELAINE BRESSAN DR. ALEJANDRO PÉREZ PSIQUIATRA
FORENSE PSIQUIATRA FORENSE
INSTITUTO DE MEDICINA LEGAL INSTITUTO DE MEDICINA LEGAL
EVALUACIÓN
PSIQUIÁTRICA FORENSE
Nombre:
Anthony;
Edad: 19 años; Estado Civil: soltero; Ocupación: Estudiante; Fecha de nacimiento: 22 de agosto de
1976
Fecha
del examen: 27 de septiembre de 1995. Lugar de examen: Instituto de Medicina
Legal.
ESTADO
MENTAL AL MOMENTO DEL HECHO IMPUTADO:
Relata que estando
de visita en casa de su amigo Carlos, se metió a la recámara, donde estaba
ojeando unas fotos, posteriormente se percató de la presencia de una joven
quien escuchó discutir con su amigo y cuando salió del cuarto vio que su amiga
estaba agrediendo con un cuchillo a la joven y la mató. Relata que todo ocurrió muy rápido. Posteriormente ayudó al amigo a meterla
debajo de la cama y se fue. Al día
siguiente Carlos lo llamó y al presentarse se pusieron de acuerdo para cortar
el cuerpo para deshacerse del mismo.
ANTECEDENTES
FAMILIARES
Edad de la madre:
45 años; edad del padre; 73 años; número de hermanos: siete (7); posición: es
el sexto; historia familiar patológica: sin antecedentes de patología
psiquiátrica.
ANTECEDENTES
PERSONALES:
Escolaridad: 5 año del
Instituto Istmeño
Historia laboral: estudiante
Historial conyugal: soltero,
sin hijos
Historia patológica
(hospitalizaciones, cirugías, accidentes, tratamientos): sin antecedentes de
patología psiquiátrica
Tabaco: no
Alcohol: poco
Drogas ilícitas y de abuso: no
Niega antecedentes delictivos.
Durante la segunda entrevista
el examinado cambia totalmente su versión de los hechos y relata que lo que
sucedió es que estando en casa de su amigo llegó la joven y que posteriormente
llegaron 3 colombianos quienes los amenazaron, los ataron y le reclamaban a la
joven sobre una droga; estos individuos, relata, asesinaron a la joven y la
descuartizaron y les ordenaron que a la mañana siguiente se deshicieran del
cuerpo, bajo amenaza de que ellos tenían que acarrear con la culpa so pena de
agredir a sus familiares.
ENTREVISTA
CON LA MADRE:
Embarazo, parto y puerperio
normal, desarrollo psicomotriz normal, vacunación completa, sin patologías de
importancia psiquiátrica en la primera infancia, desarrollo social normal.
Relata que la noche de los
hechos, cuando su hijo llegó a su casa no notó nada fuera de lo normal y que al
día siguiente su hijo recibió una llamada de su amigo Carlos.
EXAMEN
FÍSICO:
Nombre: Anthony
Antecedentes
delictivo: Negativo
Estado
general: buen estado general.
Cabeza
y cuello: sin patología
Tórax: sin
patología; Abdomen: sin patología; Extremidades:
sin patología
Neurológico: sin patología
Laboratorios: metabolitos de
marihuana y cocaína en orina negativo
EXAMEN
MENTAL:
Apariencia
general y conducta: adecuadamente vestido y aseado, cooperador
Actividad
psicomotora: normal
Estado
de conciencia: normal
A. Atención:
normal
B. Orientación:
normal
C. Memoria:
normal
Flujo
de contenido del pensamiento: normal
Humor
y afectividad: normal
Función
sensoperceptual: normal
Funciones
intelectuales y capacidad de juicio crítico: normal
Consideraciones
médico legales: ninguna
RESPUESTAS
A CUESTIONARIO DE LA FISCALÍA AUXILIAR POR PARTE DEL INSTITUTO DE MEDICINA
LEGAL A “ANTHONY”
1.
No tenía alteradas sus facultades mentales al momento
de ocurrir los hechos que se le imputan.
2.
No presenta trastorno mental, tipo psicótico en la
actualidad.
3.
Está en capacidad de distinguir entre el bien y el
mal, entre lo real y lo imaginario.
4.
En el curso de una conversación puede percibir las
palabras de quien le habla.
5.
No ha llegado hasta un lugar sin haberse dado cuenta
como lo hizo.
6.
No ha tenido la sensación de que las cosas sucedan de
un modo automático.
7.
No se observa cuadro de dependencia a las drogas.
8.
No presenta ningún tipo de impedimento desde el punto
de vista mental que sea un obstáculo para estar en centro penitenciario
9.
Presenta una personalidad con características
psicopáticas.
10.
No presenta manifestación afectiva en relación a la
víctima o al hecho en sí.
11.
No se enmarca en las prerrogativas de los artículos 24
o 25 del Código Penal.
COMENTARIOS
El caso que hemos
presentado es sobresaliente ya que desde una perspectiva multidisciplinaria introduce
elementos concurrentes de varias disciplinas que de alguna manera se interesan
en el fenómeno criminal.
Desde el punto de vista criminológico
Si bien es cierto
que el homicidio, conducta delictiva que se describe en el presente caso no es
novedosa en tanto ésta tiene registro de ocurrencia desde los mismos anales en
la historia de la aparición del hombre, el crimen cometido estremeció a la
sociedad panameña por la forma brutal y horrible de las mutilaciones que se le
ocasionaron al cuerpo de la víctima para el ocultamiento del “cuerpo del
delito”.
Nina Rodríguez
citada por Enrico Altavilla en su obra La
dinámica del delito, distingue entre despedazadores “ofensivos o pasionales
“ y “defensivos” o mejor distinguidos por sadismo o por defensa entendido este
último como el tipo de criminal que ejecuta el despedazamiento propiamente
dicho en función de la necesidad de deshacerse del cadáver para poder evitar
las consecuencias del delito.
Llama en estos
casos la atención desde el punto de vista criminológico sigue planteando
Altavilla “la capacidad de tocar el cadáver y de descuartizarlo, lo que revela
especial crueldad y falta de sensibilidad, ya que los delincuentes suelen
evitar el volver al cadáver y solamente afrontar su vista demostrando especial
cinismo o por necesidad defensiva pero evitando tocarlo.
En este caso los
homicidas no solo cometen el crimen sino que planifican y realizan con un
amplio margen de horas la manera de ocultar el cadáver: lo trasladan al cuarto,
lo esconden bajo la cama, uno de los homicidas duerme al lado del cadáver, la
mañana siguiente al homicidio se encuentran ambos para el mutilamiento cargando
nuevamente el cadáver y procediendo con
toda frialdad a la mutilación y empaquetado de las partes del cuerpo.
Desde del punto de
vista de la Psiquiatría Forense y de la Psicología Criminal
La Fiscalía
solicitó al Instituto de Medicina Forense del Ministerio Público la evaluación
psicológica y psiquiátrica de los victimarios a fin de establecer el estado
mental de ambos sujetos y determinar si éstos eran imputables. Los informes psicológicos y psiquiátricos
determinaron la capacidad mental de ambos sujetos para ser procesados y
enjuiciados, en caso de declararlos culpables como en efecto ocurrió, en razón
que no enmarcaban en las prerrogativas de los artículos 24 o 25 del Código
Penal panameño, ya que ambos fueron sentenciados a 20 años de prisión y 15 años
de inhabilitación para el ejercicio de funciones públicas a partir del
cumplimiento de la pena privativa de libertad.
No obstante la
imputabilidad de los homicidas, el informe psiquiátrico estableció en ambos
sujetos una personalidad con características psicopáticas. Por su parte el informe psicológico
estableció solo la psicopatía en el caso del sujeto llamado “Carlos”. En “Anthony” el psicólogo forense manifestó
evidencia de rasgos de inmadurez dependiente, ego centrista, introvertido e
inseguro de sí mismo.
Para una mejor
comprensión de la clasificación psicopática establecida citamos al Psiquiatra
panameño José Kaled cuando expresa que “las personalidades psicopáticas
constituyen un grupo clínico que engloba personalidades anormales sin ser
enfermos realmente mentales del llamado grupo de los psicóticos”.
Este término que ha
llegado a ser una expresión cómoda aceptada y útil en psiquiatría es también un
término impreciso e impropio por su propia etimología, pues si bien la
psicopatía corresponde a “Psychos y Phathos”, es decir, mente y enfermedad, es
quizás el único término propuesto por primera vez en 1896 por el gran maestro
de la psiquiatría Kraepellin. Fue
rápidamente aceptado a pesar de que etimológicamente impropio e incluía a los
criminales perversos describiendo los impulsivos, extravagantes, embusteros,
farsantes, litigantes y perversos sexuales.
Este término ha sido muy discutido siendo que los franceses daban como
sinómino “estados atípicos de degeneración” para evitar usar el término
psicopatía. Pero está ya establecido en
Psiquiatría Forense que las personalidades psicopáticas cuando no tienen
complicaciones con otros tipos de enfermedades, saben discernir y escoger entre
el bien y el mal.
Hoy día el Manual
de Clasificación Estadística Internacional de Enfermedades de la Organización Mundial
de la Salud
(OPS) (ICD-10>) compatible con el DSM-IV de la Asociación Psiquiátrica
Americana al referirse a la psicopatía, ésta es clasificada como trastorno de la personalidad antisocial. Al respecto, presentamos los rasgos clínicos
de dicho trastorno, mismos que sirven de base para su determinación si el
perito encuentra que una persona tiene varias de estas características.
1.
Desenvoltura, superficialidad
2.
Egocentrismo, aires de grandeza
3.
Falsedad, manipulación
4.
Carencia de remordimientos
5.
Carencia de simpatía
6.
Impulsividad
7.
Irresponsabilidad
8.
Enojo y frustración
9.
Antecedentes de problemas conductuales persistentes,
variados y serios como niños y adolescentes.
10.
Comportamiento antisocial en la edad adulta.
En un estudio de
investigación que realizaron Gray y Hatchison le pidieron a mil psiquiatras
canadienses que agruparan los aspectos que consideraban más importantes para
caracterizar la personalidad psicopática.
De los 677 que respondieron el 89% concluyó que el psicópata tiene las
siguientes características:
1.
No saca beneficio de la experiencia
2.
Carece de sentido de responsabilidad
3.
Es incapaz de establecer relaciones significativas
4.
Carece de control sobre los impulsos
5.
Carece de sentido moral
6.
Es crónica o periódicamente antisocial
7.
El castigo no modifica su conducta
8.
Es emocionante inmaduro
9.
Es incapaz de experimentar culpa
10.
Es egocéntrico.
En resumen, para
definir el trastorno de la personalidad antisocial, Irwin y Bárbara Sarazon
plantean que “desde el punto de vista de la psicología anormal, las propiedades
que definen las personalidades antisociales no son tanto los actos particulares
que realizan, sino la concepción tan arraigada que tienen de la vida. En su aspecto más negativo los individuos
pueden ser crueles, sádicos o violentos, casi nunca demuestran ansiedad y no se
sienten culpables… no sienten ninguna culpa, incluso cuando dañan a las
personas más cercanas a ellos”.
En relación a las
características expuestas y la información que no revela las distintas
declaraciones del expediente legal con relación a la personalidad de los
sujetos sentenciados hacemos alusión a la expresión atinada y vigente que hacía
Lombroso sobre la personalidad del homicida. “una vez excitados por la pasión
de la venganza o por deseos insatisfechos, o por variedad ultrajada los instintos del hombre primitivo
vuelven a flote, tanto más fácilmente, cuanto la insensibilidad moral los
despoja de la compasión y la repugnancia hacia los sufrimientos ajenos que
tanto sirven para frenar el delito”.
Al respecto podemos
añadir lo que Ferri en su obra “El Homicida” denotaba como característico en el
homicida instintivo:
1. Insensibilidad hacia sus
víctimas que se revela:
a)
En la indiferencia por los sufrimientos ajenos;
b)
En la fría ferocidad para ejecutar el delito;
c)
En el canibalismo en verdad rarísimo y casi siempre
expresión de sadismo o de locura;
d)
En la imposibilidad apática después del delito
e)
En el sueño tranquilo después del delito
2. Insensibilidad hacia sí mismo
3. Insensibilidad hacia sus cómplices
Tomando en
consideración los antecedentes de Carlos y Anthony nos quedan interrogantes en
cuanto a la falta de detalles en la información de sus antecedentes, sobre la
pobre manifestación de conductas patológicas previas según los relatos
presentados y sobre la necesidad de contar con un peritaje social que pueda dar
más luces sobre el desenvolvimiento del individuo en su entorno
comunitario. No obstante, ante la
descripción de la forma en que expresan ambos sujetos su frialdad afectiva
hacia los hechos acontecidos, y no nos queda otra cosa que reafirmar la pericia
de los especialistas que le evaluaron para determinar que estamos ante un caso
de homicidio perpetrado por dos sujetos que presentan trastorno de la
personalidad antisocial. Esta falta de
antecedentes, por lo menos manifiestos en los sujetos, refuerza el
cuestionamiento acerca de la confiabilidad de las ciencias sociales en relación
a la medición y predicción científica del comportamiento humano, quedando mucho
por andar en nuestras ciencias clínicas y comportamentales para determinar y
explicar de manera objetiva, las verdaderas causas del comportamiento criminal.
Desde el punto de vista del Derecho Penal
Quizás desde este
punto de vista es en donde más objetividad se resalta, dado que el caso que nos
ocupa, ventilado en los Tribunales dio como resultado que se le calificara como
homicidio doloso y que una vez aprehendidos los posibles autores se realizara
el llamado “debido proceso” donde en base a la legislación penal panameña se
les encontró culpables siendo sentenciados con la pena máxima habiéndose
determinado previamente la imputabilidad de los sujetos. En dicho proceso se evidenció la idea
preconcebida y planificada de atentar contra el más preciado de los bienes
jurídicos que protege el Código Penal panameño que es la vida. En otras palabras, se evidenció lo que se
conoce como el iter-criminis.
Cabe destacar que a
los inculpados se le dieron todas las garantías procesales, siendo juzgados
finalmente a través de un Jurado de Conciencia.
Quizás y ya para
concluir aquí, lo penalmente sobresaliente es que es una víctima con dos
victimarios procesalmente comprobado.
DELINCUENTE PSICÓPATA - HOMICIDIO
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